NUEVOS PLAZOS PARA EL USO DE LA PLANILLA ELECTRÓNICA EN LOS PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL

El Decreto 948 de 2018, el cual entró en vigencia a partir del 31 de mayo de 2018, modificó el Decreto 1765 de 2017, en lo referente a los plazos para la utilización obligatoria de la planilla electrónica

 

 

El Ministerio de Salud y Protección Social definió este cambio para que los aportantes y los trabajadores independientes conozcan y se adecuen a la utilización de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA mediante la modalidad de planilla electrónica, por lo anterior, CAJASAI pone en su conocimiento las nuevas fechas en las cuales debe realizar el cambio de pagos asistidos a electrónicos, de acuerdo con su condición como aportante.

Empresas

Los aportantes y los pagadores de pensiones cuyo número de cotizantes y/o pensionados se encuentren en la siguiente tabla, deberán autoliquidar y pagar sus aportes utilizando la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA, mediante la modalidad de planilla electrónica, a partir de las siguientes fechas:

RANGO DE COTIZANTES

OBLIGATORIEDAD USO PLANILLA ELECTRÓNICA

20 o más cotizantes

6 de marzo de 2017

10 a 19 cotizantes

1 de marzo de 2018

8 y 9 cotizantes

1 de junio de 2018

6 y 7 cotizantes

1 de noviembre de 2018

5 cotizantes

1 de marzo de 2019

4 cotizantes en municipios distintos de categoría 5 y 6

1 de marzo de 2019

3 cotizantes en municipios distintos de categoría 5 y 6

1 de mayo de 2019

Sin embargo, aquellos aportantes y pagadores de pensiones que cuenten con 1 o 2 cotizantes y aquellos en los municipios de categorías 5 y 6 que cuenten con hasta 4 cotizantes, podrán utilizar cualquier modalidad de planilla, electrónica o asistida.

 

Trabajador Independiente

Si usted es cotizante independiente y su Ingreso Base de Cotización (IBC) es mayor o igual a 2 SMLMV ($1.562.484 pesos), deberá autoliquidar y pagar sus aportes utilizando la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA mediante la modalidad de planilla electrónica, a partir de las siguientes fechas:

 

RANGO INGRESO BASE DE COTIZACIÓN

OBLIGATORIEDAD USO PLANILLA ELECTRÓNICA

Mayor o igual a 5 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes

6 de marzo de 2017

Mayor o igual a 4 e inferior a 5 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes

1 de marzo de 2018

Mayor o igual a 3 e inferior a 4 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes para residentes en municipio con categoría diferente a 5 y 6

1 de junio de 2018

Mayor o igual a 2 e inferior a 3 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes para residentes en municipio con categoría diferente a 5 y 6

1 de noviembre de 2018

 

Los cotizantes independientes con Ingreso Base de Cotización menor a dos (2) SMLMV y aquellos cuyo IBC sea mayor o igual a 2 e inferior a 4 SMLMV, residentes en municipios de categorías 5 y 6, podrán utilizar cualquier modalidad de planilla, electrónica o asistida

Es así que CAJASAI expresa su voluntad de servicio para atender y aclarar cualquier inquietud que pueda presentar en relación con el uso de la modalidad electrónica de la planilla. Ponemos a su disposición la línea de atención PBX 513 0808 Exts. 808 y 810, o la línea gratuita 01 8000 955 477. TÚ Y TU FAMILIA SON CAJASAI.

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